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Contacto

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

CONDICIONES GENERALES

El contratante, persona física o jurídica (en adelante CLIENTE) que solicita y utiliza los servicios proporcionados por ENIGMA CONSULTOR, que cumplimenta el formulario de contratación de ENIGMA CONSULTOR que aparece en la página web (https://gauldesign.com), o bien ha remitido los datos exigidos por teléfono, fax o correo electrónico a ENIGMA CONSULTOR, establece una actividad comercial a través del presente contrato. El contratante conoce, entiende y acepta libremente, tras informarse de las características de cada servicio del presente contrato que permanecerá publicado en el sitio web de forma que el CLIENTE pueda consultarlo en todo momento.

Ambas partes se reconocen recíprocamente, según intervienen, plena capacidad jurídica para contratar, asegurando que el poder de representación con el que actúan no ha sido revocado ni limitado, y que es bastante para obligar a sus representados para la celebración de este Contrato, y

 
MANIFIESTAN

PRIMERO: Que ENIGMA CONSULTOR es una entidad dedicada a prestar servicios de Internet publicados en la página web con URL: (https://gauldesign.com), sobre la que ostenta la titularidad plena. Entre los servicios prestados por ENIGMA CONSULTOR destacan el registro y parking de dominios, el diseño y alojamiento de páginas Web, Consultoría y Servicios diversos en el área de marketing, informática y telecomunicaciones entre otras actividades propias de su objeto social, siendo las más destacadas:

  • a) Diseño y construcción de páginas Webs
  • b) Desarrollo de programas y aplicaciones informáticas.
  • c) Alojamiento Web y Servicio de correo electrónico.
  • d) Consultoría y Servicios de Marketing y Marketing Online.

 

SEGUNDO: Que EL CLIENTE requiere y está interesado en contratar determinados servicios prestados por ENIGMA CONSULTOR en las condiciones y forma que se detallan en el presente contrato y sus anexos, además según caso expreso de otras prestaciones adicionales.

TERCERO: A tal fin, las partes suscriben el siguiente CONTRATO para los servicios profesionales que ENIGMA CONSULTOR proporcione por sí misma o a través de terceros subcontratados a EL CLIENTE de acuerdo con los servicios que le hayan sido realizados o facturados, sujetos a las siguientes:

CLÁUSULAS

 

PRIMERA.- DEFINICIONES

 

  • Página Web: Documento situado en una red informática, al que se accede mediante enlaces de hipertexto.
  • Sitio Web: Colección de páginas web.
  • Hipertexto: Texto que contiene elementos a partir de los cuales se puede acceder a otra información.
  • Alojamiento Web: El espacio contratado por el CLIENTE en un equipo de ENIGMA CONSULTOR, donde se almacenan o alojan los datos y la información que EL CLIENTE desarrolla en los servicios contratados con ENIGMA CONSULTOR.
  • Plantilla: Conjunto de formatos prediseñados con elementos de textos y gráficos en los que se basan los diseños de las páginas web.
  • Correo electrónico: Sistema de comunicación personal por computador a través de redes informáticas.
  • Mega (megabyte): Unidad de medida equivalente a un millón de bytes.
  • Píxel: Es el más mínimo elemento de una imagen digital.
  • Dominio: Parte de una dirección de internet. La estructuración jerárquica de la red comprende dominios y subdominios.
  • Webmail: Aplicación de internet que permite administrar correos electrónicos a través de un navegador web.
  • Navegador web: Programa informático para buscar y visualizar información de páginas web. Los más populares son: Microsoft Internet Explorer, Netscape Navigator, Mozilla, etc.
  • POP: Protocolo de oficina de correos. Forma en que programas de correo electrónico ubican los mensajes en los servidores y los trasladan a los computadores de los usuarios.
  • SPAM: Mensajes de correos electrónicos no solicitados, enviados a un gran número de personas para promover productos o servicios.
  • Contraseña: Combinación de caracteres que los usuarios digitan como un código de identificación para restringir el acceso al sistema.
  • Usuario y contraseña: sistema de control de acceso al contenido del alojamiento WEB o contenido de correo electrónico contratado con ENIGMA CONSULTOR , que sirve a los sistemas para identificar, autentificar y verificar la persona del CLIENTE.
  • Internet: Inmensa colección de redes interconectadas a través de protocolos para el intercambio de información.
  • Flash: Animación gráfica por vectores, desarrollado con software de Macromedia®, que se puede visualizar a través de un navegador previa instalación de un software.
  • Datos de carácter personal: Cualquier información concerniente a personas físicas, según lo dispuesto en el artículo 3.a) de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (en adelante LOPD).
  • Tratamiento de datos: operaciones y procedimientos técnicos de carácter automatizado o no, que permitan la recogida, grabación, conservación, elaboración, modificación, bloqueo y cancelación, así como las cesiones de datos que resulten de comunicaciones, consultas, interconexiones y transferencias.
  • Responsable de tratamiento: persona física o jurídica, que decida sobre la finalidad, contenido y uso del tratamiento. En este caso, EL CLIENTE es el único responsable de los ficheros que almacenen datos de carácter personal en el espacio web utilizado por EL CLIENTE para la utilización del servicio contratado a ENIGMA CONSULTOR.
  • Dirección IP: Identificador numérico compuesto 4 números con valores de 0 a 255, separados por puntos, que conforman una dirección identificativa del protocolo IP, estándar en Internet.
  • Equipo de ENIGMA CONSULTOR: Cualquier equipo de telecomunicaciones o sistema informático cuya titularidad corresponda a ENIGMA CONSULTOR.
  • Diseño de página Web: actividad que consiste en la planificación, diseño e implementación de sitios web y páginas web.
  • Programas Informáticos: Se conoce como software al equipamiento lógico o soporte lógico de un sistema informático; comprende el conjunto de los componentes lógicos necesarios que hacen posible la realización de tareas específicas, en contraposición a los componentes físicos, que son llamados hardware.
  • Recursos y aplicaciones: Características técnicas y de programación informática facilitadas y soportadas en los Equipos de ENIGMA CONSULTOR para el desarrollo y acceso al servicio prestado.
  • Servidor: Aquella unidad física destinada al almacenamiento de información digitalizada que para efectos del presente contrato se entenderá aquella que se destine a albergar sitios Web.
  • Ancho de Banda: Número máximo de usuarios a los que simultáneamente se le permite el acceso a un servicio.
  • Velocidad de Transferencia: Unidad de medida indicada en Kbs/s que indica la velocidad a la que viajan los datos por la red. Se divide en velocidad de subida o bajada de información.
  • Capacidad de Almacenamiento: Indica el espacio disponible con el que cuenta el cliente en el servidor. Se mide en Mbs (Megabytes).
  • SEO: El posicionamiento en buscadores, posicionamiento web u Optimizador de motores de búsqueda (SEO por sus siglas en inglés, de Search Engine Optimization que traduce, ‘Optimización para motores de búsqueda’) es el proceso de mejorar la visibilidad de un sitio web en los diferentes buscadores, como Google, Bing o Yahoo de manera orgánica, es decir sin pagarle dinero al buscador para tener acceso a una posición destacada en los resultados.
  • SEM: El marketing en buscadores web (SEM por las siglas en inglés de Search Engine Marketing), es una forma de marketing en Internet que busca promover los sitios web mediante el aumento de su visibilidad en los motores de búsqueda de páginas de resultados (SERPS) a través del pago por la colocación en buscadores PPC o publicidad contextual, siempre que haya un pago de por medio o la práctica de pagar por anuncios en los resultados de las búsquedas en buscadores’.
  • SMO: o Social Media Optimization, traducido del inglés como “Optimización de los medios sociales”, es un término de marketing que hace referencia a la estrategia y conjunto de acciones llevadas a cabo en redes sociales y comunidades online con una finalidad publicitaria o comercial.
  • ORM: El mapeo objeto-relacional (más conocido por su nombre en inglés, Object-Relational Mapping, o sus siglas O/RM, ORM, y O/R mapping) es una técnica de programación para convertir datos entre el sistema de tipos utilizado en un lenguaje de programación orientado a objetos y el utilizado en una base de datos relacional, utilizando un motor de persistencia.
  • Redes Sociales: son páginas webs sociales compuestas de grupos de personas, las cuales están conectadas por uno o varios tipos de relaciones, tales como amistad, parentesco, intereses comunes y que comparten sus experiencias, conocimientos entre otras

 

SEGUNDA.- OBJETO

 

El presente Contrato y sus Anexos tienen como objeto establecer las condiciones y características de los de servicios que presta ENIGMA CONSULTOR a EL CLIENTE y de los servicios solicitados por este a través el formulario de contratación o los documentos en los que se muestre la prestación de dichos servicios y en los cuales se deje constancia de los servicios contratados que por ende formarán parte integral de este contrato, en tal sentido, EL CLIENTE reconoce y acepta expresamente el hecho que el mismo no puede ni podrá dirigir ningún tipo de reclamación en contra de ENIGMA CONSULTOR por la aplicación de alguna de las disposiciones contenidas en este contrato, y en particular, EL CLIENTE no podrá alegar el desconocimiento o la no lectura de los términos contenidos en el Contrato, así como tampoco la falta de aceptación expresa de todos y cada uno de los mismos.

TERCERA.- OBLIGACIONES DEL CLIENTE

 

EL CLIENTE se obliga a:

  • a) Cumplir las estipulaciones contenidas en el presente contrato y sus anexos, y especialmente la referente al pago del precio estipulado.
  • b) Se compromete a no utilizar el servicio contrario a la buena fe y, en particular, de forma no exhaustiva y que resulte contraria a las leyes españolas o que infrinja los derechos de terceros.
  • La recogida y/o utilización de datos personales de otros usuarios sin su consentimiento expreso o contraviniendo lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
  • d) Mantener actualizados los datos de contacto proporcionados a ENIGMA CONSULTOR, especialmente la dirección de correo electrónico.

 

CUARTA.- OBLIGACIONES DE ENIGMA CONSULTOR

 

Por el presente contrato ENIGMA CONSULTOR se obliga a:

  • a) Cumplir con las funciones enumeradas en el presente contrato.
  • b) Adecuar su sistema de información y de tratamiento de datos al cumplimiento de la vigente normativa sobre protección de datos de carácter personal en los términos que se detallan en el presente contrato.

 

QUINTA.- DURACIÓN DEL CONTRATO

 

Salvo que específicamente se prevea otra duración distinta en la cláusula sexta del presente Contrato, respecto de los servicios que regulen, el presente Contrato y su Anexos tendrán una duración de un (1) año, tácitamente prorrogable por períodos anuales, salvo denuncia del contrato y sus anexos, o de cualquiera de sus prórrogas por cualquiera de las partes mediante notificación escrita. Esta notificación deberá realizarse con una antelación mínima de treinta (30) días antes de la terminación del periodo especificado en el contrato y sus anexos o de cualquiera de sus prórrogas.

SEXTA.- DE LOS SERVICIOS:

6.1 – DISEÑO DE PAGINAS WEB.

  • 6.1.1 En el caso de que EL CLIENTE haya contratado DISEÑO DE PAGINAS WEB, ENIGMA CONSULTOR compromete a ejecutar y entregar el PROYECTO en el plazo convenido con EL CLIENTE, computándose el transcurso de dicho plazo a partir de la fecha en la cual se hayan cumplido los siguientes requisitos:
  • 6.1.2 Que el CLIENTE haya satisfecho a ENIGMA CONSULTOR la entrada inicial del importe del precio en concepto de aceptación del presupuesto, según lo establecido en la cláusula Séptima y Octava Apartado ” b ” del presente contrato.
  • 6.1.3 Que el CLIENTE haya entregado a ENIGMA CONSULTOR, en soporte digital, la totalidad de los documentos, información es y materiales necesarios para la ejecución del PROYECTO, garantizando que el material que proporcione a ENIGMA CONSULTOR no infringe los derechos de autor o de propiedad intelectual o cualquier otro derecho de una tercera persona, siendo responsable de cualquier tipo de reclamación derivada de una infracción de tales derechos provenientes de una tercera persona, además de lo dispuesto en la cláusula DECIMA TERCERA de este contrato.
  • 6.1.4 Satisfecho el citado importe y realizada la entrega citada en el anterior apartado, ENIGMA CONSULTOR elaborará una maqueta del PROYECTO (plantilla), la cual será presentada al CLIENTE para su aprobación; tras la mencionada aprobación, procederá al desarrollo completo del sitio web y cualquier desvío o modificación no acordada en el proyecto EL CLIENTE asume que dicha desviación o modificación conllevará un trabajo adicional y por consiguiente un coste adicional al precio establecido según reza en la cláusula OCTAVA Apartado 8.3 .
  • 6.1.5 Tras la total liquidación del precio establecido, ENIGMA CONSULTOR entregará al CLIENTE los ficheros que compongan el resultado de los servicios encomendados en el plazo establecido en el Apartado 1.2 sobre el DISEÑO DE PAGINAS WEB de este contrato, salvo por causa de fuerza mayor o que, por razón de la entrega tardía por EL CLIENTE de las información es y/o documentos necesarios para la creación, diseño y/o programación del sitio web, se produzca el correspondiente retraso en la finalización del PROYECTO.
  • 6.1.6 ENIGMA CONSULTOR utilizará todos los recursos técnicos y artísticos a su disposición, incluyendo su Know-how (conocimiento acumulado), para realizar la producción del sitio web. Salvo cita previa en el punto 1.7 sobre el DISEÑO DE PAGINAS WEB de este contrato EL CLIENTE será el propietario de todo el diseño y programación del sitio web y lo podrá reclamar a ENIGMA CONSULTOR en cualquier momento, cediendo está su uso siempre y cuando se reconozca su propiedad intelectual.
  • 6.1.7 En este PROYECTO si utilizará know-how exclusivo de ENIGMA CONSULTOR, consistente en las aplicaciones pertinentes que no podrán ser vendidas al cliente en caso de migración al haber una licencia de terceros compartida.
  • 6.1.8 El CLIENTE reconoce y asume que ENIGMA CONSULTOR en ningún momento actual o posterior al presente contrato podrá verse obligada a entregar, facilitar, licenciar el uso, o cualquier otra situación similar, del Know-How detallado en el punto anterior, elementos derivados de programación y el código fuente, así como los sistemas, instrucciones y aplicaciones informáticas, a un tercero o a EL CLIENTE.
  • 6.1.9 En el caso de que el ejercicio de los derechos de explotación cedidos según el Apartado 2 sobre el DISEÑO DE PAGINAS WEB de este contrato requiera entregar, facilitar o licenciar el uso del Know-How, elementos derivados de programación y código fuente propiedad de ENIGMA CONSULTOR o de un tercero, las partes suscribirán el correspondiente contrato de Licencia de Uso según las condiciones establecidas en la cláusula UNDECIMA del presente contrato.
  • 6.1.10 EL desarrollo objeto del DISEÑO DE PAGINAS WEB de este contrato, ENIGMA CONSULTOR cede a EL CLIENTE, una vez haya sido desarrollado el PROYECTO en los términos y condiciones establecidos en este documento, los derechos de explotación económica derivados de la propiedad intelectual sobre el resultado de los trabajos de creación y desarrollo contratados, en especial, los derechos a divulgar y/o publicar, reproducir, distribuir, comunicar públicamente y transformar los contenidos del sitio web, en cualquier medio o soporte, escrito, gráfico, fonográfico, audiovisual, telemático, electrónico, digital, multimedia o informático.
  • 6.1.11 Quedan expresamente excluidos de la referida cesión, los derechos de propiedad intelectual sobre los elementos derivados de programación y el código fuente, así como los sistemas, instrucciones y aplicaciones informáticas de su propiedad integrados en el PROYECTO, sobre los que ENIGMA CONSULTOR concede a EL CLIENTE la licencia de uso establecida en la cláusula UNDECIMA de este contrato, limitada al ámbito temporal y geográfico determinado en el Apartado Quinto sobre el DISEÑO DE PAGINAS WEB de este contrato para la cesión de derechos.
  • 6.1.12 Sin perjuicio de lo anterior, la cesión de los derechos de explotación, y cualquier otro que pudiera derivarse del presente contrato a favor de EL CLIENTE no surtirá efectos hasta el momento en que éste haya satisfecho a ENIGMA CONSULTOR de la totalidad del precio establecido en la cláusula TERCERA Apartado “a” y OCTAVA de este contrato.
  • 6.1.13 La cesión de los derechos de explotación sobre el resultado del PROYECTO otorgada por medio del presente documento se efectúa con carácter de exclusiva y con una duración indefinida o el máximo alcance que autoricen las disposiciones legales vigentes. El ámbito territorial de la cesión incluye todos los países del mundo.
  • 6.1.14 La cláusula QUINTA sobre la DURACIÓN DEL CONTRATO queda excluida dentro del acuerdo en el Apartado 6.1 (DISEÑO DE PÁGINAS WEB) de la cláusula SEXTA. Por tanto la duración del trabajo finaliza con la entrega o puesta en marcha de la página Web.

6.2- MANTENIMIENTO y ACTUALIZACIONES DE PAGINAS WEB.

  • 6.2.1 En el caso de que EL CLIENTE haya contratado MANTENIMIENTO y ACTUALIZACIONES DE PAGINAS WEB. El mantenimiento incluye todas las correcciones y actualizaciones de nuevas características que requiera la página web. El servicio incluye cualquier número de correcciones de errores y modificaciones menores siempre que las mismas no excedan 2 horas de trabajo al mes, salvo se especifique lo contrario por escrito por parte de GLOBAL MARKETING. Las modificaciones de mayor complejidad podrán contar como trabajos adicionales o extras, previo aviso al cliente.
  • Por corrección menor se entiende:
  • a. Cambio de textos o imágenes
  • b. Modificaciones visuales menores (no incluye rediseño total del estilo visual de la página)
  • c. Cambios en secciones ya existentes.
  • d. Adicción de nuevas secciones basadas en las existentes (no incluye modificar la navegación general de la página).
  • 6.2.2 Las modificaciones y/o actualizaciones no realizadas en un mes no se acumularán para el siguiente mes.
  • 6.2.3 Las modificaciones y/o actualizaciones deben ser solicitadas por EL CLIENTE por escrito a ENIGMA CONSULTOR a través de correo electrónico.
  • 6.2.4 Una vez realizados los cambios serán incluidos en la página web de EL CLIENTE, (al menos que este haya requerido expresamente comprobarlos antes con una copia previa), posteriormente ENIGMA CONSULTOR notificara por correo electrónico a EL CLIENTE la descripción del trabajo realizado, siendo responsabilidad de EL CLIENTE la revisión del trabajo, si en el plazo de cinco (5) días laborables, si EL CLIENTE no manifiesta su conformidad o inconformidad con el trabajo realizado, a partir de dicho plazo, la responsabilidad de las modificaciones recaen exclusivamente sobre EL CLIENTE sin tener derecho éste a reclamación posterior sobre los mismos.
  • 6.2.5 Cualquier otro cambio distinto a los que se lleven a cabo conforme a los términos del Apartado 6.2.1, será cargados conforme a la tarifa de hora trabajada regido por la cláusula OCTAVA Apartado 8.3 EL CLIENTE podrá solicitar una estimación por escrito de los gastos que le puedan suponer las actualizaciones y no se dará comienzo a los trabajos hasta que ENIGMA CONSULTOR no haya recibido confirmación por escrito por parte del cliente.
  • 6.2.6 Cuando el cliente solicite que ENIGMA CONSULTOR acuda a su lugar de trabajo para recoger el material que desea incluir en la página web y/o explicar y discutir las adiciones o modificaciones en la página web, ENIGMA CONSULTOR cargará las horas empleadas, como se especifica en la cláusula OCTAVA Apartado 8.3.
  • 6.2.7 El plazo de realización de las modificaciones serán de siete (7) días hábiles. En caso de que alguna modificación requiera más tiempo, el cliente será avisado en un plazo máximo de dos (2) días hábiles desde el momento de recibir la notificación.
  • 6.2.8 EL CLIENTE facilitará el acceso FTP del sitio web principal objeto de este contrato para poder hacer los cambios requeridos.

6.3 – HOSTING DE PÁGINAS WEB

  • 6.3.1 En el caso de que EL CLIENTE haya contratado HOSTING DE PÁGINAS WEB, ENIGMA CONSULTOR pondrá a disposición de EL CLIENTE la capacidad de almacenamiento y de transferencia que requiera el servicio de Hosting solicitado, el mismo se indicará en los servicios que le hayan sido facturados.
  • 6.3.2 El cliente podrá solicitar con un plazo de 7días, que se le realice una extensión del ancho de banda, la velocidad de transferencia y la capacidad de almacenamiento, esta modificación supondrá una variación en la tarifa que se facturará adicionalmente al precio original de contratación.
  • 6.3.3 El servidor que se otorgará para el servicio de hosting estará compartido con otros clientes, salvo que expresamente el cliente manifieste que solo sea para él lo que tendrá también un costo superior al convenido.
  • 6.3.4 ENIGMA CONSULTOR no garantizará que la disponibilidad del servicio sea continua e ininterrumpida durante el periodo de vigencia del contrato, debido a la posibilidad de que aparezcan problemas técnicos en la red, prestadores de servicios de telecomunicaciones, averías en los equipos y otras posibles contingencias imprevisibles como reparaciones, mantenimiento y actualización de software.
  • 6.3.5 En cualquier caso ENIGMA CONSULTOR garantiza que intentará solventar dichos problemas en el menor tiempo posible aplicando para este apartado la cláusula DUODÉCIMA y DECIMOCUARTA.
  • 6.3.6 EL CLIENTE se compromete a no publicar cracks, números de serie de programas o cualquier otro contenido que vulnere derechos de propiedad intelectual de terceros.
  • 6.3.7 EL CLIENTE se compromete a no utilizar el servidor de correo y/o de las direcciones de correo electrónico con fines de spam, (envío de correo masivo no solicitado, de tipo comercial o de cualquier otra naturaleza), phishing, difusión de virus electrónicos, o cualquier otro tipo de actividad realizada con ánimo saboteador, fraudulento o delictivo.
  • 6.3.8 Bajo ningún concepto EL CLIENTE podrá tener páginas Web o ficheros en los alojamientos dedicados a la descarga de archivos, programas (piratas u originales), mp3, avi, wav, o cualquier formato que, por su tamaño y su gran cantidad de descargas hagan que el servidor se sobrecargue. Por regularización entre datacenters y upstreams, los puertos 6667 al 6669 y otros derivados de IRC pueden estar cerrados, así como que se puede llegar a cerrar un servidor si éste tuviera algún servidor IRC y afectara a la red donde está alojado. En este caso se avisará al cliente y de no eliminar estos archivos en un plazo máximo de 24 horas se procederá a la baja del servicio.
  • 6.3.9 EL CLIENTE se compromete a no publicitar los sitios web hospedados en el servicio mediante el envío masivo de correo no solicitado, aunque no se utilice para ello los recursos proporcionados en el servicio.
  • 6.3.10 EL CLIENTE se compromete a no excederse del caudal de salida del servidor virtual y si lo hace tomar las acciones necesarias si considera que su aumento es excesivo. Para tal fin, EL CLIENTE podrá acceder a su panel de control y consultar el caudal de cada día y el acumulado en el mes.
  • 6.3.11 EL CLIENTE se compromete a guardar por su cuenta una copia de seguridad o backup de los archivos y diferentes datos contenidos en el servicio de Alojamiento Web con el fin de reponerlos en el caso de ser necesario.
  • 6.3.12 Tener total responsabilidad sobre el uso del servicio contratado y el contenido almacenado en él.
  • 6.3.13 ENIGMA CONSULTOR no será responsable por que las acciones del cliente deriven pérdidas de datos o del borrado y, por lo tanto, ENIGMA CONSULTOR no garantizará la recuperación total de todos los datos ya que en el tiempo transcurrido entre la última copia y el borrado los datos han podido variar.
  • 6.3.14 ENIGMA CONSULTOR se obliga al cumplimiento de todo lo acordado en relación a las medidas de seguridad aceptadas en el sector y a disponer de medidas de seguridad física y lógicas respecto al acceso a la información en ellos alojada acordadas en la cláusula DECIMOCTAVA.
  • 6.3.15 Todas las información es transmitidas entre las partes constituyen información propia y confidencial. Las partes asumen la obligación de guardar dicha información como privada y a guardar el más absoluto secreto, adoptando las medidas apropiadas para garantizar que solamente aquellas personas autorizadas tengan acceso a la misma acordadas en la cláusula VIGÉSIMA PRIMERA.
  • 6.3.16 Se entenderá por persona autorizada todo individuo que requiera el acceso para el desarrollo de la actividad objeto de este acuerdo. A estos efectos, será considerada información confidencial todos los contenidos alojados en el servidor contratado por el cliente, así como lo dispuesto en el presente contrato y los acuerdos o preacuerdos previos al mismo.
  • 6.3.17 Por lo que respecta a la protección de los datos de carácter personal otorgados por el cliente se regirá la cláusula VIGÉSIMA de este contrato
  • 6.3.18 ENIGMA CONSULTOR se compromete al borrado seguro de toda la información una vez finalizada la relación contractual entre las partes.

6.4 – SERVICIO DE CORREO ELECTRONICO

  • 6.4.1 En el caso de que EL CLIENTE haya contratado la prestación del servicio de correo electrónico así como la utilización de dicho servicio y la correspondiente contraprestación por parte de EL CLIENTE, ambos acuerdan:
  • 6.4.2 Que la contratación y renovación del servicio de CORREO ELECTRONICO se rige según lo señalado en la cláusula QUINTA de este contrato.
  • 6.4.3 ENIGMA CONSULTOR pone a disposición de EL CLIENTE un servicio de correo electrónico que permite:
  • a. Obtener una cuenta o buzón de correo electrónico con dominio de EL CLIENTE con una capacidad de cuatrocientos (400) Mb;
  • b. Enviar, recibir y almacenar mensajes mediante la utilización de un programa de correo (Acceso POP3);
  • c. Acceder a su cuenta de correo on-line (Webmail) desde cualquier ordenador conectado a Internet a través del Portal de propiedad de ENIGMA CONSULTOR (www.gmbbc.com.); así como desde cualquier teléfono móvil cuyo proveedor de servicio y características técnicas permitan operar en entorno WAP.
  • d. Enviar y recibir uno o más archivos adjuntos, inclusive de una sola vez.
  • 6.4.4 Adicionalmente, ENIGMA CONSULTOR ofrece a EL CLIENTE la posibilidad de contratar el servicio de detección de virus informáticos, para ello deberá solicitarlo a ENIGMA CONSULTOR bajo un coste adicional el cual servirá para detectar y eliminar virus informáticos adjuntos al correo electrónico SMTP, limpiar virus y enviar mensajes de advertencia ante la presencia de virus.
  • 6.4.5 La utilización del Servicio DE CORREO ELECTRONICO exige el empleo por EL CLIENTE de un nombre de usuario o “login” que ENIGMA CONSULTOR le dará para que se identifique con su cuenta de correo , así como una contraseña (password) (en adelante el ‘Nombre de Usuario’ y la ‘Contraseña’ respectivamente, y de modo conjunto, las ‘Claves de Acceso’).
  • 6.4.6 Las Claves de Acceso son personales e intransferibles, siendo exclusiva responsabilidad de EL CLIENTE custodiar el secreto de sus Claves de Acceso. En caso de pérdida de las Claves de Acceso, EL CLIENTE se obliga a comunicar expresamente esta incidencia a ENIGMA CONSULTOR en el menor plazo de tiempo posible con el fin de inmovilizar el acceso a los Servicios, siendo responsable EL CLIENTE de la utilización dada a su cuenta hasta el momento en que se lleve a cabo tal comunicación.
  • 6.4.7 EL CLIENTE se compromete a utilizar el Servicio de forma correcta y diligente así como a abstenerse de utilizarlo con fines o efectos ilícitos, prohibidos por el presente Contrato, lesivos de los derechos e intereses de terceros, o que de cualquier forma puedan dañar, inutilizar, sobrecargar o deteriorar el Servicio, los equipos informáticos de otros abonados o de cualesquiera otros usuarios de Internet (hardware y software) así como los documentos, archivos, y toda clase de contenidos almacenados en sus equipos informáticos (hacking) o impedir la normal utilización o disfrute de dicho servicio, equipos informáticos y documentos, archivos y contenidos por parte de los demás usuarios y de otros usuarios de Internet y además de lo dispuesto en la cláusula DECIMA TERCERA de este contrato.
  • 6.4.8 En particular, EL CLIENTE se compromete a no utilizar el Servicio con la finalidad de almacenar, distribuir, transmitir o difundir mensajes de correo electrónico cuyo contenido contravenga, menosprecie o atente contra los derechos fundamentales y libertades públicas reconocidas constitucionalmente, en los tratados internacionales y en el resto del ordenamiento jurídico nacional, utilice material protegido por cualesquiera derechos de propiedad intelectual o industrial pertenecientes a terceros, sin que EL CLIENTE haya obtenido previamente de sus titulares la autorización necesaria para llevar a cabo el uso que efectúa o pretende efectuar o que se efectúe, viole los secretos empresariales de terceros o sea contrario al derecho a honor, a la intimidad personal y familiar o a la propia imagen de las personas, infrinja la normativa sobre secreto de las comunicaciones, constituya publicidad ilícita, engañosa o desleal, incorpore virus u otros elementos físicos o electrónicos que puedan dañar o impedir el normal funcionamiento de la red, del sistema o de equipos informáticos (hardware y software) de terceros o que puedan dañar los documentos electrónicos y archivos almacenados en dichos equipos informáticos.
  • 6.4.9 EL CLIENTE es consciente y acepta voluntaria y expresamente el hecho que el uso del Servicio tiene lugar, en todo caso, bajo su única y exclusiva responsabilidad. En consecuencia, EL CLIENTE se compromete a indemnizar a ENIGMA CONSULTOR por los daños o perjuicios directa o indirectamente derivados de la utilización que EL CLIENTE o cualquier tercero con o sin su autorización haga del Servicio.
  • 6.4.10 EL CLIENTE se obliga a hacer uso del Servicio de conformidad con la Política Anti-Spamming y se obliga a:
  • a. A no enviar mensajes de correo electrónico a una pluralidad de destinatarios cuyas direcciones de correo electrónico sean inexistentes.
  • b. No utilizar las listas de distribución.
  • c. Cuidar cualquier tipo de prácticas que a través del Servicio pudieran determinar o que efectivamente determinen su inclusión en listas negras internacionales de lucha contra el Spam (spamcannibal, spamcop.net; spamhaus-zen; sorbs; entre otras) las direcciones IP asignadas a los servidores de salida o SMTP que sean utilizados por EL CLIENTE.
  • 6.4.11 En caso EL CLIENTE contraviniese cualquiera de las obligaciones a que se hace referencia en la presente cláusula, el mismo declara conocer y aceptar el hecho que ENIGMA CONSULTOR se reserva el derecho de:
  • a. Bloquear la cuenta de correo electrónico de EL CLIENTE, o;
  • b. Proceder con la resolución del Contrato, de conformidad con el procedimiento descrito en la cláusula DECIMO SEXTA.
  • 6.4.12 Por su parte, ENIGMA CONSULTOR se reserva el derecho de proceder con la resolución del contrato de conformidad con el procedimiento descrito en la Cláusula DECIMO SEXTA cuando EL CLIENTE incumpla con cualquiera de las obligaciones a que se hace referencia en la presente cláusula SEXTA en los Apartados 6.4.7, 6.4.8 y 6.4.10 .

6.5.- SERVICIOS DE OPTIMIZACIÓN DE BUSCADORES SEO y SEM

  • 6.5.1 En el caso de que EL CLIENTE haya contratado Posicionamiento en buscadores, ENIGMA CONSULTOR se compromete a proporcionar al cliente los servicios de SEO y SEM como se describe en el Formulario de Pedido y el presente Acuerdo.
  • 6.5.2 Los Servicios de SEO y SEM pueden incluir:
  • a) Análisis junto al CLIENTE de los keywords (palabras clave o frases de investigación para seleccionar los términos de búsqueda adecuados y pertinentes) más eficientes y que más posibilidades de éxito pudieran tener para el posicionamiento Web.
  • b) Generación e introducción o ajustes de las etiquetas Meta-tag y títulos más adecuados para tu sitio Web, introduciendo las tags adecuadas para el posicionamiento.
  • c) Ajustes en el código de las páginas de El CLIENTE para que sean más accesibles.
  • d) Solicitud de alta a una amplia relación de motores de búsqueda y directorios, entre los que figuren los principales, como Google, Yahoo y Bing.
  • e) Para el caso de SEM, la compra de palabras claves requerirán un formulario de pedido aparte y un costo adicional que le será notificado a El CLIENTE cuando lo solicite.
  • f) Creación de informes de posicionamiento según el servicio contratado, en el que se mostrará las posiciones que ocupa su sitio Web en Google, Yahoo y Bing para los criterios acordados.
  • g) Estadísticas de su sitio web.
  • h) Mantenimiento y supervisión de las mejoras realizadas.
  • 6.5.3 A los efectos de la prestación de estos servicios, el cliente se compromete a proporcionar a ENIGMA CONSULTOR lo siguiente:
  • a) El acceso FTP del sitio web principal objeto de este contrato para poder hacer cambios con el propósito de la optimización.
  • b) El cliente autoriza a la ENIGMA CONSULTOR el uso de todos los logotipos de El CLIENTE, marcas, imágenes de sus sitios web, etc, para su uso en la creación de páginas de información y cualquier otro uso que considere necesarias ENIGMA CONSULTOR para el posicionamiento en buscadores y su optimización.
  • c) Para la optimización del sitio web de El CLIENTE es primordial el contenido textual, El CLIENTE proporcionará contenido adicional de texto pertinente en formato electrónico para el caso de páginas existentes o en el que se deban crear páginas web adicionales. El CLIENTE se compromete a proporcionar el contenido, por ejemplo 200 a 500 palabras “incluidas en un artículo” sobre cada una de sus frases de palabras clave.
  • d) En el caso de terceros los costes que se originen por la creación, publicación, difusión y alojamiento de los contenidos serán por cuenta del CLIENTE, inclusive los costes originados por las modificaciones en las campañas de pago por clic y/o similares.
  • 6.5.4 El CLIENTE deberá supervisar y aprobar todos los contenidos publicados en página web, campañas de marketing y otros medios, siendo responsabilidad de EL CLIENTE la revisión del trabajo, si en el plazo de cinco (5) días laborables EL CLIENTE no manifiesta su conformidad o inconformidad con el trabajo realizado, a partir de dicho plazo, la responsabilidad de las modificaciones recaen exclusivamente sobre EL CLIENTE sin tener derecho éste a reclamación posterior sobre los mismos.
  • 6.5.5 El CLIENTE es el único responsable de los contenidos y garantiza su autenticidad, ciñéndose en todo momento a la legislación de la propiedad intelectual vigente además de lo dispuesto en la cláusula DECIMA TERCERA de este contrato.
  • 6.5.6 ENIGMA CONSULTOR dejará de prestar el servicio contratado ante casos de gravedad extrema según los siguientes:
  • a) Introducción por parte de EL CLIENTE de texto oculto.
  • b) Introducción por parte de EL CLIENTE de enlaces ocultos
  • c) Creación por parte de EL CLIENTE de páginas Doorway para engañar a los motores de búsqueda.
  • d) Cualquier tipo de prácticas fraudulentas y por ende, penalizarles para los buscadores.
  • e) Además de lo establecido en la cláusula DECIMO SEXTA de este contrato.
  • 6.5.7 La modificación de los criterios de trabajo y/o la modificación del orden de prioridad por parte de EL CLIENTE una vez iniciado los trabajos de posicionamiento, se realizará bajo presupuesto previo remitido por ENIGMA CONSULTOR en los 10 días siguientes a la notificación de esta circunstancia. La no aceptación del presupuesto de modificación de criterios por parte de EL CLIENTE no podrá suponer la rescisión de este contrato.
  • 6.5.8 La aceptación por parte de EL CLIENTE del presente contrato implica que este se compromete a permanecer de alta en el servicio de posicionamiento durante los meses acordados y fijados en el presupuesto contados a partir de la primera facturación y está en su derecho de rescindir de él bajo lo estipulado en la cláusula DECIMO SEXTA de este contrato.
  • 6.5.9 ENIGMA CONSULTOR no puede garantizar los servicios, fiabilidad, exactitud, corrección, integridad que sean utilizados a través terceros (Buscadores, directorios u otros) y los que estos hagan con ellos y por eso EL CLIENTE entiende, reconoce y acepta que:
  • a. ENIGMA CONSULTOR no tiene control sobre las políticas de los motores de búsqueda o directorios con respecto al tipo de sitios y / o contenido que se acepte ahora o en el futuro.
  • b. El sitio o página web(s) EL CLIENTE podrían ser excluidos de cualquier motor de búsqueda o un directorio en cualquier momento a discreción exclusiva del motor de búsqueda o directorio.
  • c. Algunos motores de búsqueda y directorios puede llegar a tardar de dos (2) a cuatro (4) meses, y en algunos casos más tiempo inclusive después de haber presentado la solicitud de alta la(s) página(s) web(s) de EL CLIENTE.
  • d. En ocasiones, los motores de búsqueda y directorios dejarán de aceptar la Solicitud de alta o inclusión la(s) página(s) web(s) por un período indefinido de tiempo.
  • e. En ocasiones, los motores de búsqueda y directorios dejan caer o eliminan de su listado las páginas o sitios webs sin razón aparente o predecible. A menudo las páginas webs vuelven a “reaparecer” en las lista sin ningún tipo de comunicaciones adicionales. Si la página web de EL CLIENTE no vuelve a aparecer en la lista, la empresa volverá a presentar solicitud de alta del sitio web (s) sobre la base de las actuales políticas del motor de búsqueda o directorio en cuestión.
  • f. Algunos motores de búsqueda y directorios ofrecen servicios rápidos de alta a través de una cuota. Compañía alienta al cliente a tomar ventaja de estos servicios rápidos. El cliente es responsable de todas las tarifas de servicios extras que ofrecen estos directorios a menos que se indique lo contrario en el formulario de pedido.
  • g. Además de lo estipulado en la cláusula DECIMA Apartado “B” de este contrato.
  • 6.5.10 ENIGMA CONSULTOR no es responsable de los cambios realizados en el sitio web por parte de otros que inciden negativamente en los rankings en los motores de búsqueda del sitio Web de EL CLIENTE. Si esto llegase a suceder ENIGMA CONSULTOR cobrará una tarifa adicional para volver a la construcción de meta-tags, palabras clave, contenido, etc. sobre la base de la tarifa estipulada en la cláusula OCTAVA Apartado “C”.
  • 6.5.11 Los servicios adicionales que no figuran en el presente apartado 4.- OPTIMIZACIÓN DE BUSCADORES SEO y SEM o en el formulario de pedido y se aplicará la cláusula OCTAVA Apartado “C”.
  • 6.5.12 ENIGMA CONSULTOR guardará confidencialidad sobre la información que le facilite EL CLIENTE en o para la ejecución del Contrato tal y come reza la cláusula VIGÉSIMA PRIMERA.

6.6 – REDES SOCIALES (SMO y ORM).

  • 6.6.1 En el caso de que EL CLIENTE haya contratado los Servicio de Redes Sociales, ENIGMA CONSULTOR se compromete a proporcionar al cliente dichos servicios como se describe en el formulario de Pedido o Presupuesto y el presente Acuerdo.
  • 6.6.2 EL CLIENTE autoriza por medio de este contrato a ENIGMA CONSULTOR a la creación y administración de sus perfiles en las redes sociales (ejemplo: Facebook, Linkedin, YouTube etc… ), y a ceder el cargo de administrador de dichas cuentas a quienes estén facultados para “Aceptar” los términos y condiciones de uso de esas Redes sin riesgo de responsabilidad para su personal o para ENIGMA CONSULTOR por haber firmado un contrato en nombre de EL CLIENTE.
  • 6.6.3 Debido a lo anteriormente expuesto, las cuentas de todas las Redes Sociales se crearan de acuerdo con los términos y condiciones de este contrato y las condiciones de uso que aparecen en el sitio de las Redes Sociales.
  • 6.6.4 ENIGMA CONSULTOR no puede garantizar los servicios, fiabilidad, exactitud, corrección, integridad que sean utilizados a través terceros o por terceros y los que estos hagan con ellos y por eso EL CLIENTE entiende, reconoce y acepta que:
  • a) ENIGMA CONSULTOR no tiene control sobre las políticas de las Redes Sociales con respecto al tipo de sitios y / o contenidos que presenten ahora o en el futuro.
  • b) El perfil o página de EL CLIENTE podrían ser excluidos de cualquier red social y en cualquier momento a discreción exclusiva de la red Social.
  • c) De los contenidos que se utilicen o aparezcan en sus perfiles por parte de terceros.
  • d) De la privacidad de los datos que aun marcándolos como privados, estén depositadas en los servidores de dichas redes.
  • e) Sobre el tratamiento de los contactos.
  • f) La integración entre servicios y sus diversas aplicaciones o widgets sociales.
  • g) Robo de Identidad y difamación.
  • 6.6.5 El CLIENTE es el único responsable de los contenidos que se utilicen o aparezcan en sus perfiles de redes sociales y garantiza su autenticidad, ciñéndose en todo momento a la legislación de la propiedad intelectual vigente, además de lo dispuesto en la cláusula DECIMA TERCERA de este contrato.
  • 6.6.6 El cliente autoriza a la ENIGMA CONSULTOR el uso de todos los logotipos de El CLIENTE, marcas, imágenes de sus sitios web, etc, para su uso en la creación de páginas de información y cualquier otro uso que considere necesarias ENIGMA CONSULTOR para la creación de su imagen en las redes sociales y su optimización.
  • 6.6.7 Al comienzo del proyecto, el cliente deberá proporcionar:
  • a) Su visión general de su negocio, productos y servicios, la diferenciación y el valor único que representan en el mercado y si posee alguna presencia en medios sociales indicar cuales son y los resultados que ha obtenido de ellos hasta el momento previo de la contratación.
  • b) Dos fotos de imagen que sean profesionales.
  • c) Logotipo de la empresa.
  • d) Proporcionar el acceso de material de apoyo o copias de los artículos existentes, material de texto, testimonios, estudios de casos, etc…
  • 6.6.8 Los Servicios de REDES SOCIALES
  • según el tipo de acuerdo pueden incluir:
  • a) Creación de una página de empresa, con su personalización (logotipo, permisos, aplicaciones…).
  • b) Implementación de una “Landing Page” (página de bienvenida) si la red lo permite.
  • c) Vinculación de su página con otras redes sociales si la red lo permite.
  • d) Implementación del icono y enlace de la red social en su página Web.

6.7 – MANTENIMIENTO DE REDES SOCIALES

  • 6.7.1 Publicación de contenidos que según el tipo de acuerdo pueden incluir:
  • Gestión de contenidos:
  • a. Una cantidad de artículos por semana según lo establecido en el pedido.
  • b. Escribiendo en su blog artículos de investigación, publicación de noticias, fragmentos de comentarios etc.
  • c. Prestar asesoramiento y responder a las preguntas que se susciten dentro de las redes.
  • Administración de redes:
  • a. Comentarios sobre los sitios influyentes.
  • b. Envió de noticias.
  • c. Tweeting varias veces a la semana.
  • d. Introducir principales debates sobre temas de actualidad.
  • e. Investigación y adición de nuevos amigos y seguidores relevantes.
  • 6.7.2 Para todo lo relacionado con este servicio se aplicarán los derechos regulados en el apartado 6.6.

6.8 – DOMINIOS

  • 6.8.1 En el caso de que EL CLIENTE haya contratado REGISTRO Y RESERVA DE NOMBRES DE DOMINIOS, en este apartado ENIGMA CONSULTOR expone las reglas y las condiciones por las cuales se rige el servicio de registro, reserva, así como el traslado (cambio de host) de nombres de dominio conforme a lo acordado en Formulario de Pedido y el presente Acuerdo.
  • 6.8.2.1 EL CLIENTE, conoce y asume las normas y procedimientos vigentes, términos y condiciones, tarifas y forma de pago y requisitos técnicos establecidos para el registro de cada uno de los nombres de dominio, cuyo contenido se encuentra disponible las páginas web de las Autoridades Competentes (ICAAN, Red.es, EurID, o cualquier otro organismo internacional).
  • 6.8.2.2 EL CLIENTE, conoce que el incumplimiento de estas normas, en los casos en que esté así expresamente establecido, supondrá la pérdida del nombre de dominio y su posible reasignación desde ese mismo momento para su registro a favor de un solicitante que esté legitimado para ello.
  • 6.8.2.3 Los datos facilitados en la presente solicitud son ciertos, salvo error u omisión de buena fe.
  • 6.8.2.4 ENIGMA CONSULTOR se reserva el derecho de aceptar cualquier solicitud de servicios por parte de los Clientes. ENIGMA CONSULTOR se compromete a explicarle al CLIENTE por escrito las razones de no-aceptación de un pedido por correo electrónico o postal.
  • 6.8.2.5 Es necesario haber efectuado el pago a ENIGMA CONSULTOR para el inicio del proceso de registro de nombres de dominio. El pago se realizará conforme a lo establecido en la cláusula tercera del presente contrato. Se considera efectivo el pago cuando la entidad bancaria así lo acredite. En el caso de existir dos solicitudes idénticas para el mismo nombre de dominio, ENIGMA CONSULTOR tramitará la de aquel CLIENTE que efectúe el pago con anterioridad.
  • 6.8.2.6 Se entenderá que un pedido ha sido aceptado por ENIGMA CONSULTOR cuando el CLIENTE reciba una confirmación escrita de la aceptación del servicio con toda la información sobre el nombre de dominio contratado. Dicha confirmación escrita se efectuará por correo electrónico o postal.
  • 6.8.2.7 Los datos que el CLIENTE proporciona a ENIGMA CONSULTOR para el registro del nombre de dominio se transferirán de forma automática al organismo autorizado correspondiente.
  • 6.8.2.8 ENIGMA CONSULTOR tramitará por cuenta del CLIENTE el registro del nombre de dominio ante los organismos autorizados (Internic, Es-Nic, 123Registry, Register u otras entidades internacionales), sometiéndose a los procedimientos de inscripción y normas establecidos por los mismos.
  • 6.8.2.9 ENIGMA CONSULTOR, una vez obtenida la concesión del nombre de dominio, comunicará y entregará al CLIENTE la documentación acreditativa de tal inscripción. La comunicación de la concesión por parte de la entidad registradora del nombre de dominio solicitado se efectuará, mediante correo electrónico a la dirección del CLIENTE proporcionada en la solicitud del servicio a ENIGMA CONSULTOR. ENIGMA CONSULTOR no será responsable de la falta de recepción de dicha comunicación. Hasta dicho momento el CLIENTE no deberá considerar el nombre de dominio como de su propiedad a ningún efecto.
  • 6.8.2.10 En el servicio de reserva de nombre de dominio, ENIGMA CONSULTOR procederá a registrar el nombre de dominio en nombre del CLIENTE, activando dicho nombre de dominio en los servidores de ENIGMA CONSULTOR, salvo si durante el periodo de registro o renovación el pago no se efectuase por cualquier motivo, EL CLIENTE no deberá considerar el nombre de dominio como de su propiedad a ningún efecto.
  • 6.8.2.11 ENIGMA CONSULTOR dentro del servicio está incluido la modificación de manera gratuita cualquier dato del registro del dominio salvo el propietario del dominio que llevará un coste adicional  en concepto de trámite al organismo correspondiente. En el momento en que el CLIENTE disponga de servidores en los que activar el nombre de dominio reservado, procederá a solicitar el traslado del nombre de dominio a los servidores del CLIENTE quedando sujeto a las condiciones establecidas en la cláusula siguiente.

6.8.3 – TRASLADO (CAMBIO DE HOST) DE NOMBRES DE DOMINIOS

  • 6.8.3.1 ENIGMA CONSULTOR se reserva el derecho de aceptar cualquier solicitud de servicios por parte de los Clientes. ENIGMA CONSULTOR se compromete a explicarle al EL CLIENTE por escrito las razones de no-aceptación de un pedido por correo electrónico o postal.
  • 6.8.3.2 Se entenderá que un pedido ha sido aceptado por ENIGMA CONSULTOR cuando el CLIENTE reciba una confirmación escrita de la aceptación del servicio con toda la información sobre el cambio de host del nombre de dominio. Dicha confirmación escrita se efectuará por correo electrónico o postal.
  • 6.8.3.3 Los datos que EL CLIENTE proporciona a ENIGMA CONSULTOR para el cambio de host del nombre de dominio se transferirán de forma automática al organismo autorizado correspondiente.
  • 6.8.3.4 ENIGMA CONSULTOR tramitará por cuenta de EL CLIENTE el cambio de host del nombre de dominio ante los organismos autorizados (Internic, Es-Nic, 123Registry, Register u otras entidades internacionales), sometiéndose a los procedimientos de cambios sobre los nombres de dominios establecidos por los mismos.
  • 6.8.3.5 ENIGMA CONSULTOR , una vez obtenido el cambio de hosting del nombre de dominio, comunicará y entregará al CLIENTE la documentación acreditativa del cambio realizado.

6.8.4 – VENCIMIENTO, RENOVACIÓN, PRECIO Y CONDICIONES DE PAGO DE NOMBRES DE DOMINIOS

  • 6.8.4.1 Todas las tarifas de precios aparecen descritas en la página Web de ENIGMA CONSULTOR “https://gauldesign.com ” para cada una de las diversas modalidades de servicios o a través de los presupuestos enviados a EL CLIENTE por correo electrónico, postal o a través de atención telefónica. Dichas tarifas están expresadas en pesos Mexicanos.
  • 6.8.4.2 El pago se efectuará mediante tarjeta de crédito o domiciliación bancaria a ENIGMA CONSULTOR y será necesario para el inicio del proceso de registro de nombres de dominio.
  • 6.8.4.3 El pago de la renovación del nombre de dominio se efectuará en la misma forma y condiciones por parte del CLIENTE a ENIGMA CONSULTOR.
  • 6.8.4.4 Será responsabilidad del CLIENTE mantener a buen resguardo de las fechas de vencimiento de todos sus nombres de dominio registrados y es su responsabilidad asegurar que todos sus nombres de dominio registrados se renuevan antes de la fecha de caducidad.
  • 6.8.4.5 La anulación por parte del CLIENTE de un pedido completado implica la ausencia de devolución del pago.
  • 6.8.4.6 EL CLIENTE reconoce y acepta que su derecho e interés en un nombre de dominio termina al final del período de vencimiento. Si durante el periodo de renovación el pago no se efectuará dentro de los primeros 25 días partiendo desde el primer día de su vencimiento, EL CLIENTE no deberá considerar el nombre de dominio como de su propiedad a ningún efecto.
  • 6.8.4.7 Al final del período indicado en el párrafo anterior, se procederá a eliminar el nombre de dominio de su cuenta y colocarlo en una cuenta de haberes por diez (10) días (“período de retención”) si el CLIENTE no efectuase el pago durante ese periodo, ENIGMA CONSULTOR tendrá el derecho a la propiedad del dominio y podrá subastarlo públicamente o transferirlo a un tercero.
  • 6.8.4.8 El CLIENTE acepta que GLOBAL no es responsable por cualquier reclamo de daños y perjuicios o pérdidas que puedan derivarse de cualquier falta de renovación de un nombre de dominio.
  • 6.8.4.9 El CLIENTE entiende y acepta que la renovación de un nombre de dominio está sujeta al pago de las tasas aplicables antes de la fecha de caducidad del dominio, y que es su responsabilidad asegurarse de que estos honorarios sean pagados.

6.8.5 – RESPONSABILIDAD CIVIL (DOMINIOS)

  • 6.8.5.1 El CLIENTE reconoce que corresponde a ENIGMA CONSULTOR efectuar la solicitud de nombre de dominio ante los organismos autorizados, pero la concesión de inscripción de dicho nombre de dominio es responsabilidad exclusiva de tales organismos. Asimismo, la titularidad y responsabilidad última sobre los nombres de dominio recae en el CLIENTE.
  • 6.8.5.2 El CLIENTE acepta que ENIGMA CONSULTOR no responderá ante el CLIENTE de cualquier anomalía que pudiera surgir en el proceso de tramitación del registro del nombre de dominio que pueda ser debida a cualquiera de las siguientes causas:
  • a) Retrasos en el acceso o retrasos en el sistema de registro de la entidad registradora que corresponda.
  • b) La pérdida debida a fallos en la entrega o error en los datos facilitados por el CLIENTE a ENIGMA CONSULTOR.
  • c) Las consecuencias que del incumplimiento de las cláusulas relativas al pago se pudieran ocasionar.
  • d) Los daños derivados de situaciones de fuerza mayor o caso fortuito.
  • 6.8.5.3 ENIGMA CONSULTOR no podrá mediar ni responsabilizarse de las disputas que del nombre de dominio solicitado puedan producirse en un futuro. Respecto a la política de disputas se estará a lo dispuesto en las respectivas políticas de solución de controversias en materia de nombres de dominio aprobadas por la ICAAN, Red.es, EurID o cualquier otro organismo internacional competente. Si como resultado de una disputa sobre un nombre de dominio el CLIENTE pierde la propiedad del dominio, ENIGMA CONSULTOR no tiene obligación de rembolsar las cantidades abonadas en tal concepto (registro del dominio).
  • 6.8.5.4 Dada la existencia de múltiples organismos y empresas registradoras de nombres de dominio en todo el mundo, la disponibilidad de un nombre de dominio en el formulario de búsqueda no presupone que ese sea su verdadero estado, debiendo el CLIENTE esperar la confirmación de la concesión del nombre de dominio para realizar cualquier acción comercial o de otro tipo que presuponga la propiedad del mismo.
  • 6.8.5.5 En cualquier caso la máxima responsabilidad asumida por ENIGMA CONSULTOR no excederá del total de la cantidad pagada por el CLIENTE a ENIGMA CONSULTOR por la tasa que se abonó por el registro de los nombres de dominio según lo prescrito en el presente acuerdo.
  • 6.8.5.6 Una vez confirmado por ENIGMA CONSULTOR el registro del dominio, puede que este aparezca libre dado que las bases de datos no se actualizan automáticamente. Simplemente habrá que esperar a que esas bases de datos se actualicen. Aunque figure libre, si ENIGMA CONSULTOR confirma el registro del dominio, ninguna otra persona podrá ya registrar el dominio.

 

SÉPTIMA.- PRECIO DE LOS SERVICIOS

 

  • 7.1 EL CLIENTE acuerda pagar a ENIGMA CONSULTOR los precios establecidos en el correspondiente presupuesto referido al servicio contratado, siendo estos costes reflejados en la facturación de ENIGMA CONSULTOR a EL CLIENTE.
  • 7.2 En caso de prórroga o variación de los servicios contratados ENIGMA CONSULTOR y EL CLIENTE podrán revisar los precios de acuerdo con las variaciones DEL MERCADO, quedando reflejada en la facturación de ENIGMA CONSULTOR a EL CLIENTE dichas modificaciones de precios.
  • 7.3 El precio de los servicios prestados por ENIGMA CONSULTOR que sean objeto de posterior contratación por EL CLIENTE será establecido en el momento en que se acuerde la prestación de los mismos.

 

OCTAVA.- FORMA DE PAGO

 

  • 8.1 ENIGMA CONSULTOR avisará los costes del servicio a EL CLIENTE por cualquier medio sea parcial o total, en la fecha del comienzo del mismo, y EL CLIENTE deberá pagarlos a principio de cada mes, entre los días 1 y 5.
  • 8.2 Quedará establecido en la aceptación del presupuesto o la primera factura o el primer Albarán lo convenido entre las partes en cuanto a los importes de los servicios, como el anticipo, la financiación y los pagos complementarios.
  • 8.3 Las tarifa por hora de trabajos extras o adicionales realizados bajo los términos de este contrato o en cualquier acuerdo subsiguiente es de $ 400.0 pesos MX la hora para mantenimiento de páginas webs, $ 600 pesos MX la hora para el desarrollo de páginas webs, $ 800 la hora para diseño gráfico, programación y Optimización de páginas web, $ 900 pesos MXla hora para la gestión de proyectos y $ 1000.0 pesos MXla hora para consultoría en general. En el caso de que estos trabajos se desarrollen o efectúen en la dirección del cliente habrá un recargo adicional sobre los precios anteriormente mencionados del 30%. (Precios sujetos a cambio sin previo aviso).
  • 8.4 ENIGMA CONSULTOR podrá suspender el servicio o resolver el presente Contrato en caso de que EL CLIENTE se atrase por un periodo superior a quince (15) días en el pago de los cargos facturados. ENIGMA CONSULTOR podrá cargar intereses de mora desde el día del vencimiento hasta la fecha de su cobro, calculados al tipo de interés de demora comercial establecido en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, que tenga en cada momento.
  • 8.5 Los pagos realizados desde México se pueden efectuar mediante domiciliación de recibo bancario o transferencia o mediante cheque bancario a entregar en la oficina de ENIGMA CONSULTOR según el servicio contratado.
  • 8.6 En caso de que el CLIENTE efectúe el pago mediante transferencia bancaria, este deberá enviar por correo electrónico a ENIGMA CONSULTOR copia del justificante de dicha transferencia.
  • 8.7 Los pagos desde fuera de México se realizarán exclusivamente a través de tarjeta de crédito o transferencia bancaria.
  • 8.8 Hosting, servicio de correos, desarrollo de programas informáticos y publicidad deberán ser pagados anualmente por adelantado mediante domiciliación de recibo bancario o transferencia o mediante cheque bancario a entregar en la oficina de ENIGMA CONSULTOR.
  • 8.9 Los servicios adicionales, tales como actualizaciones de webs y servicios de marketing se deberán pagar dentro de los 15 días siguientes a la fecha de aviso de cobro.
  • 8.10 Si después de un mes el pago no se hubiera realizado, ENIGMA CONSULTOR podrá suspender el servicio hasta que reciba el pago de lo adeudado, más intereses, más los costes de reconexión en su totalidad. Un importe de $500.0 MXN  se cargará para cubrir los costes de reconexión. No se concederá crédito alguno por la pérdida del servicio durante el periodo de suspensión del servicio.
  • 8.11 Si a ENIGMA CONSULTOR le fueran cargado comisiones o cargos bancarios adicionales por su banco debido a los costes originados por la imposibilidad de recobrar fondos de los bancos de EL CLIENTE, ENIGMA CONSULTOR tendrá el derecho de recuperar el importe de estas comisiones o cargos reduciendo a EL CLIENTE el periodo de duración del contrato proporcionalmente o exigiendo a EL CLIENTE la cuantía correspondiente de dichos gastos.

 

NOVENA.- IMPUESTOS APLICABLES

 

Todos los tributos que devenguen con ocasión o como consecuencia del presente contrato, serán satisfechos por las partes de acuerdo con la Ley. Todos los cargos fijados a EL CLIENTE por la provisión de los servicios descritos son excluyendo el IVA, por lo que a las cuotas vigentes en cada momento se aplicará el IVA en vigor en la fecha de facturación.

 

DÉCIMA.- GARANTÍAS

 

  • 10.1 GARANTÍA DE REEMBOLSO.
  • a. EL CLIENTE dispondrá de un plazo de 15 días a partir de la fecha de alta del servicio para resolver el presente contrato sin incurrir en penalización ni gasto alguno, exceptuando los gastos en los que ENIGMA CONSULTOR haya incurrido ocasionados por el cliente.
  • b. Tras el ejercicio de este derecho, ENIGMA CONSULTOR reintegrará al cliente la cuantía abonada por la prestación del servicio exceptuando la cuantía correspondiente al consumo del servicio realizado durante el periodo de servicio efectivo.
  • 10.2 GARANTÍA DE ÉXITO
  • En virtud de la definición semántica de cualquiera de los esfuerzos SEO/SEM/SMO, no se garantizan bajo ningún concepto la consecución de cualquiera de los siguientes objetivos:
  • a. Una posición determinada para cualquier expresión o palabra clave, en cualquier buscador, directorio.
  • b. Una cifra de seguidores en redes sociales, usuarios registrados, comentarios o cualquier subproducto de la interacción de los usuarios en redes sociales.
  • c. Una cifra de visitas netas o brutas derivadas de los esfuerzos SEO/SEM/SMO.
  • d. Cualquier otro objetivo cuantitativo no expuesto en el presente Contrato.
  • La garantía no incluye las siguientes eventualidades:
  • a. Problemas derivados u originados por cualquier servicio externo gestionados por cualquier entidad ajena a ENIGMA CONSULTOR.
  • b. Daños causados por contagio de virus, ataques, negligencia del CLIENTE, incendio o fallo eléctrico de los sistemas implicados.
  • c. El cambio de proveedor de alojamiento, de url, de nombre y/o ubicación de página, de título de página, de descripción, de metatag’s, de keywords, la realización de cualquier acción de inclusión de enlaces en cualquier ubicación (interna o externa, incluidas campañas de publicidad adwords o similares) que afecten al posicionamiento sin previa autorización de ENIGMA CONSULTOR.
  • d. Si el resultado de las acciones contempladas en los párrafos anteriores implican la pérdida total del posicionamiento o exclusión de los sitios web se considerará exonerado de cualquier responsabilidad a ENIGMA CONSULTOR manteniéndose a todos los efectos los trabajos y la facturación del posicionamiento.
  • 10.3 LIMITACIÓN DE GARANTÍA
  • Las partes reconocen que la puesta en vigor de este contrato, no supone ningún tipo de representación, delegación, garantía u otros acuerdos distintos a los expresamente descritos en este contrato; y de acuerdo con ello, todos los términos, condiciones, garantías u otros aspectos implicados por convenios o reglamentación general, quedan explícitamente excluidos hasta los límites permitidos por la Ley.

 

UNDECIMA.- LICENCIA DE USO.

 

  • 11.1 En el caso de que el ejercicio de los derechos de explotación económica cedidos por el presente contrato requiera entregar, facilitar o licenciar el uso sobre los elementos derivados de programación y el código fuente, así como los sistemas, instrucciones y aplicaciones informáticas propiedad de ENIGMA CONSULTOR integrados en el o los proyecto(s), excluidos de la cesión de derechos de explotación, ENIGMA CONSULTOR concederá al CLIENTE, previa suscripción del oportuno contrato, una licencia de uso según las siguientes condiciones.
  • Se tratará de una licencia de uso no exclusiva e intransferible que permitirá al CLIENTE usar los referidos elementos derivados de programación y el código fuente, así como los sistemas, instrucciones y aplicaciones informáticas, cuando el proyecto esté finalizado y abonado en su totalidad.
  • 11.2 El CLIENTE solo podrá usar los elementos derivados de programación y el código fuente, así como los sistemas, instrucciones y aplicaciones informáticas para fines propios, quedando prohibido:
  • a. Compartir con terceros el tiempo de uso, así como hacerla accesible a terceros.
  • b. Realizar versiones sucesivas del programa ni programas derivados del mismo.
  • c. Ingeniería inversa, reprogramación o modificación de cualquier naturaleza.
  • d. Transferir, traspasar, arrendar, o vender el programa de ordenador así como cualquier otro acto de disposición, temporal o permanente, gratuita u onerosamente, siendo el CLIENTE el único responsable de las consecuencias que de tales acciones se deriven.
  • e) Reproducir el código, ni traducir su forma. Si fuera necesario, el CLIENTE solicitará la autorización escrita de ENIGMA CONSULTOR para llevar a cabo la reproducción o transformación del programa de ordenador incluida la corrección de errores, cuando dichos actos sean necesarios para la utilización del mismo por parte del CLIENTE, con arreglo a su finalidad propuesta.
  • 11.3 No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, para llevar a cabo la reproducción del código y la traducción de su forma cuando sea indispensable para obtener la información necesaria para la interoperabilidad del programa con otros programas, el CLIENTE lo notificará a ENIGMA CONSULTOR quien en caso de no ofrecer solución ninguna, permitirá la realización de dichos actos por escrito siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
  • a. Que tales actos sean realizados por el usuario legítimo o por cualquier otra persona facultada para utilizar una copia del programa, o, en su nombre, por parte de una persona debidamente autorizada.
  • b. Que la información necesaria para conseguir la interoperabilidad no haya sido puesta previamente y de manera fácil y rápida, a disposición de las personas a que se refiere la letra anterior.
  • c. Que dichos actos se limiten a aquellas partes del programa original que resulten necesarias para conseguir la interoperabilidad.
  • d. Se utilice únicamente para conseguir la interoperabilidad del programa creado de forma independiente.
  • e. Sólo se comunique a terceros cuando sea necesario para la interoperabilidad del programa creado de forma independiente.
  • f. No se utilice para el desarrollo, producción o comercialización de un programa sustancialmente similar en su expresión, o para cualquier otro acto que infrinja los derechos de autor.

 

DUODÉCIMA.- RESPONSABILIDAD DE ENIGMA CONSULTOR

  • 12.1 RESPONSABILIDAD EN CUANTO A LOS DATOS TRANSMITIDOS:
  • ENIGMA CONSULTOR no accede a los datos transmitidos ni por EL CLIENTE ni por los usuarios de los servicios del cliente por lo que no será responsable de los mismos.
  • 12.2 RESPONSABILIDAD POR EL ALMACENAMIENTO DE DATOS:
  • ENIGMA CONSULTOR no responderá de la información albergada en espacio de EL CLIENTE, ni de sus enlaces a contenidos u otros.
  • 12.3 RESPONSABILIDAD POR DAÑOS Y PERJUICIOS:
  • ENIGMA CONSULTOR responderá ante el EL CLIENTE por todos los daños y perjuicios causados por culpa, negligencia o dolo que se le ocasionen como consecuencia de la ejecución del presente contrato.
  • 12.4 LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD:
  • En ningún supuesto ENIGMA CONSULTOR, ni los gerentes/directores y altos cargos, administradores, accionistas, agentes o trabajadores dependientes de ella contraerán responsabilidad alguna por causa directa o indirectamente relacionada con la utilización que haga el cliente del servicio de ENIGMA CONSULTOR.
  • No obstante lo dispuesto en los párrafos anteriores, ENIGMA CONSULTOR no responderá ante EL CLIENTE por los daños o perjuicios cuando:
  • a. Hayan sido ocasionados por causas ajenas a ENIGMA CONSULTOR
  • b. Se hayan producido por cortes de servicio debidos al mantenimiento de la red advertidos por ENIGMA CONSULTOR.
  • c. Hayan sido ocasionados por fuerza mayor.
  • d. Sean atribuibles a causas externas al control de ENIGMA CONSULTOR, tales como fallos de terceros, operadores o compañías de servicios, actos que supongan la intervención de una tercera parte en los servicios suministrados, (siempre que la misma no se produzca por culpa o negligencia de ENIGMA CONSULTOR), ENIGMA CONSULTOR se compromete asimismo a reparar en el menor tiempo posible cualquier fallo o avería que pudiera producirse en el servicio.
  • e. Fallos derivados por los contenidos o software suministrado o instalado por EL CLIENTE ( ej. CGIs, ASPs, PHP, etc., o cualesquiera aplicaciones de terceros).
  • f. Cuando EL CLIENTE incumpliese sus obligaciones pactadas en este contrato.
  • 12.5 La indemnización de daños y perjuicios en casos de culpa o negligencia de ENIGMA CONSULTOR, derivada del presente contrato, no excederá en ningún caso del importe de una anualidad del servicio contratado.

 

DECIMA TERCERA.- RESPONSABILIDAD DEL CLIENTE

  • 13.1 DAÑOS Y PERJUICIOS A ENIGMA CONSULTOR Y A TERCEROS:
  • EL CLIENTE responderá de las averías o deterioros que puedan sufrir los equipos, sistemas, programas informáticos y redes de ENIGMA CONSULTOR, o destrucción de la información, incluso de los pertenecientes a otros clientes cuando las averías o deterioros hayan sido producidos por acción negligente de EL CLIENTE.
  • 13.2 RESPONSABILIDAD DE LOS CONTENIDOS:
  • EL CLIENTE será el único responsable de la información contenida en las bases de datos que soporta y que suministra a terceros, y del cumplimiento de las normas de la Propiedad Intelectual de sus contenidos, así como frente a cualquier acción u omisión que viole el secreto de las comunicaciones o la intimidad de las personas físicas o jurídicas, de acuerdo con la legislación vigente en la materia y muy especialmente de acuerdo con lo dispuesto en las Normas sobre Protección de Menores y Protección de Datos de Carácter Personal. Así como que garantiza que en ningún caso dicha información contravendrá disposición normativa alguna, asumiendo el cliente la plena responsabilidad sobre los contenidos que utilice o almacene.
  • 13.3 ACTOS DELICTIVOS E ILEGALES:
  • El uso de cualquiera de los Servicios contratados para la comisión de actos delictivos o cualquier otro uso antisocial o ilegal dará derecho a ENIGMA CONSULTOR a la inmediata suspensión del servicio y posterior resolución del presente contrato, sin perjuicio de la reclamación por daños y perjuicios que se pudiera derivar. EL CLIENTE mantendrá indemne a ENIGMA CONSULTOR frente a cualesquiera reclamaciones de terceros que traigan causa o estén relacionadas con la prestación de servicios objeto del presente contrato.
  • 13.4 INEXACTITUD DE DATOS DE CONTACTO:
  • EL CLIENTE se compromete a mantener actualizados los datos de contacto proporcionados a ENIGMA CONSULTOR , especialmente de la dirección de correo electrónico, quedando bajo su responsabilidad en notificar fehacientemente a ENIGMA CONSULTOR de la modificación de dicha dirección de correo electrónico, exonerando a ENIGMA CONSULTOR de cualquier responsabilidad por las consecuencias derivadas de la inoperatividad de la dirección de correo electrónico de EL CLIENTE, así como de la desinformación que pudiera alegar EL CLIENTE debida a su propia negligencia a la hora de mantener actualizado y activo este dato.

 

DECIMOCUARTA.- FUERZA MAYOR

Causa de fuerza mayor significará todas aquellas causas que no hayan podido preverse, o que aún previstas fueran inevitables, y que dan como resultado el incumplimiento de cualesquiera de sus obligaciones, en este caso ninguna de las partes será responsable por los incumplimientos y retrasos de sus obligaciones.

Ambas partes se comprometen en este acto a enviar comunicación inmediata a la respectiva, tan pronto como tengan noticia de la existencia de una causa de fuerza mayor. Dicha comunicación contendrá los detalles de las circunstancias que hayan dado lugar a dicho caso. Recibida la citada comunicación, si el incumplimiento debido al caso de fuerza mayor continuase produciéndose por más de SIETE (7) DÍAS, quien no esté incumpliendo tendrá la posibilidad de resolver anticipadamente este Contrato.

 

DECIMO QUINTA.- SUSPENSIÓN Y CANCELACIÓN DEL SERVICIO

 

  • ENIGMA CONSULTOR podrá proceder por sí mismo a la suspensión y cancelación de la prestación de los servicios objeto del presente Contrato y sus Anexos, por los siguientes motivos:
  • a. Si el EL CLIENTE incumple total o parcialmente con alguna de sus obligaciones contraídas con ENIGMA CONSULTOR todos los servicios supeditados a ese incumplimiento quedarán suspendidos o cancelados.
  • b. Ante cualquier situación que permita albergar dudas razonables respecto de la legalidad del uso de los servicios de ENIGMA CONSULTOR por parte de EL CLIENTE previa comunicación por parte de ENIGMA CONSULTOR a EL CLIENTE y respuesta del mismo en un plazo inferior a 3 días, o falta de respuesta en este plazo.
  • c. En el caso de existir reposición del servicio ENIGMA CONSULTOR cobrará al EL CLIENTE por adelantado los costes de reconexión por un importe de $600 MXN para cubrir los costes de reconexión.
  • d. No se concederá crédito alguno por la pérdida del servicio durante el periodo de suspensión del servicio.

 

DECIMO SEXTA.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

 

  • Tanto ENIGMA CONSULTOR como EL CLIENTE podrán resolver el contrato por alguna de las siguientes causas:
  • a. El incumplimiento de las obligaciones que les correspondiese a cada parte establecidas en el presente Contrato y sus Anexos.
  • b. Si cualquiera de las partes toma la decisión de disolverse.
  • c. Si la otra parte es declarada en quiebra a instancia de acreedor legítimo, o si se ha presentado solicitud de quiebra voluntaria o suspensión de pagos, o si se han instado en su contra juicios ejecutivos o decretado embargos preventivos u otras medidas cautelares que pongan de manifiesto la disminución de la solvencia económica o dificultades financieras para atender al normal cumplimiento de sus obligaciones.
  • d. Por decisión unilateral de cualquiera de las partes, con preaviso de treinta (30) días, previo a la terminación del periodo del servicio contratado.
  • e. EL CLIENTE en ningún caso podrá reclamar a ENIGMA CONSULTOR la devolución de las cantidades que hubiera entregado por la provisión de los servicios contratados.
  • f. Obstaculizar deliberadamente la prestación del Servicio.

 

DECIMO SEPTIMA.- EFECTOS DE LA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.

 

La terminación del Contrato, por cualquiera de las causas establecidas en los apartados a), b), c), d) de la cláusula DECIMO SEXTA imputables a EL CLIENTE, obligará a EL CLIENTE al pago de las cantidades debidas, hasta el momento efectivo de la resolución o terminación del Contrato y sus Anexos.

 

DECIMO OCTAVA.- SEGURIDAD DE LAS COMUNICACIONES

 

ENIGMA CONSULTOR garantiza el secreto de las comunicaciones de conformidad con lo establecido en la Ley General de Telecomunicaciones, así como la seguridad tanto de instalaciones, infraestructuras, redes, aplicaciones, elementos hardware y los datos, mediante la adopción de las medidas que sean precisas, de tipo físico, lógico y organizativo, de acuerdo al estado de la tecnología, la naturaleza de los datos e información es almacenados, y los riesgos a que están expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural.

 

DECIMO NOVENA.- INTERLOCUTOR

 

  • 19.1 El(los) interlocutor(es) de ENIGMA CONSULTOR con EL CLIENTE podrá(n) ser emplazado(s) por un nuevo interlocutor simplemente enviando notificación por carta o correo electrónico a EL CLIENTE indicando los datos del nuevo interlocutor designado en sustitución.
  • 19.2 Los datos de contacto de EL CLIENTE con ENIGMA CONSULTOR en INTERNET serán los indicados en la página Web de ENIGMA CONSULTOR (https://gauldesign.com) y en caso de no estar indicados los datos de contacto validos o específicos serán los siguientes:
  • Telfs.- 53987295
  • Dirección: Viveros de la loma SN
  • Correo electrónico (e-mail): contacto@gauldesign.com
  • 19.3 Las partes reconocen pleno valor de prueba en juicio a las comunicaciones que, en virtud de este contrato, se realicen por correo electrónico.

 

VIGÉSIMA.- PROTECCIÓN DE DATOS

 

  • 20.1 PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL CLIENTE:
  • 20.1.1 Respecto de los datos personales de EL CLIENTE, ENIGMA CONSULTOR le informa que los mencionados datos serán incorporados a un fichero cuya titularidad y responsabilidad corresponde a ENIGMA CONSULTOR. La finalidad de la recogida y tratamiento de los mismos es el mantenimiento de las relaciones comerciales establecidas, así como la de informarle de nuevos servicios prestados.
  • En cumplimiento de la normativa vigente, ENIGMA CONSULTOR garantiza que ha adoptado las medidas y técnicas necesarias para mantener el nivel de seguridad requerido en atención a la naturaleza de los datos personales tratados. Asimismo ENIGMA CONSULTOR informa a EL CLIENTE que en cualquier momento puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, respecto de sus datos personales, pudiendo ejercitar este derecho por escrito mediante carta dirigida a ENIGMA CONSULTOR en la siguiente dirección:
  •  
  • 20.1.2 El CLIENTE manifiesta que todos los datos facilitados por él son ciertos y correctos, se compromete mantenerlos ciertos, comunicándolo a ENIGMA CONSULTOR. El cliente responderá de la veracidad de sus datos y será el único responsable de cuantos conflictos o litigios pudieran resultar por la falsedad de los mismos.
  • 20.1.3 ENIGMA CONSULTOR no cederá ni comunicará los datos almacenados en sus ficheros a terceras entidades excepto cuando dicha comunicación sea estrictamente necesaria con el único fin de desarrollar o establecer los servicios o productos contratados por EL CLIENTE con ENIGMA CONSULTOR, salvo en aquellos supuestos en que dicha comunicación haya sido legalmente prevista.
  • 20.2 DE LOS DATOS ALOJADOS POR EL CLIENTE EN LOS SERVIDORES DE ENIGMA CONSULTOR:
  • a. EL CLIENTE es responsable de los datos personales que como consecuencia de la prestación de los servicios objeto del presente Contrato, se hallen o puedan ser almacenados en el alojamiento, los equipos informáticos y sistemas puestos a disposición de EL CLIENTE por ENIGMA CONSULTOR.
  • b. ENIGMA CONSULTOR no se hace responsable del incumplimiento por parte de EL CLIENTE de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), así como en instrucciones de la Agencia de Protección de Datos, y demás normativa que resulte de aplicación, en la parte en que su actividad le corresponda y se encuentren relacionadas con la ejecución del presente contrato. EL CLIENTE autoriza expresamente a ENIGMA CONSULTOR a acceder a la información de su titularidad, almacenada en los servidores alojados en ENIGMA CONSULTOR, con las siguientes finalidades:
  • resolución de incidencias acaecidas en el servidor;
  • realización de copias de respaldo y recuperación;
  • y en general, cualquier otro acceso que resulte necesario para la correcta prestación de los servicios suministrados por ENIGMA CONSULTOR, quien se compromete a realizar los accesos en el marco aquí establecido, y siempre actuando en aras a proteger los intereses del cliente.
  • c. Queda terminantemente prohibido la aplicación o utilización de la información titularidad de EL CLIENTE con un fin distinto al previsto en el presente contrato, así como su cesión a terceras personas o entidades, ni siquiera para su conservación, a salvo de los supuestos en que fuera necesario para ENIGMA CONSULTOR la colaboración de una tercera entidad con la finalidad de cumplir diligentemente con los servicios contratados, en tal caso EL CLIENTE autoriza expresamente a ENIGMA CONSULTOR a que subcontrate los servicios necesarios.
  • d. En el caso de que ENIGMA CONSULTOR destine los datos a finalidad distinta a la aquí señalada, los comunique o utilice incumpliendo las estipulaciones del presente contrato, será considerado, a todos los efectos, titular de la información, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente, y especialmente de las derivadas del incumplimiento de lo dispuesto en la LOPD.
  • e. ENIGMA CONSULTOR podrá revelar la información en el caso de que así sea requerido por un Juez o un Tribunal o cuando una ley expresamente lo determine.
  • f. De acuerdo con el artículo 16 LOPD, ENIGMA CONSULTOR podrá conservar, después de finalizado el contrato, bloqueada una copia de los datos objeto de tratamiento, que únicamente estará a disposición de las Administraciones públicas, Jueces y Tribunales, para la atención de las posibles responsabilidades nacidas del servicio, durante el plazo de prescripción de éstas, así como durante los plazos previstos en las disposiciones aplicables, pasado este tiempo, las copias se destruirán.
  • 20.3 MEDIDAS DE SEGURIDAD:
  • ENIGMA CONSULTOR ha adoptado las medidas de seguridad físicas de índoles técnicas y organizativas acordes y exigibles de acuerdo a la naturaleza de los servicios prestados en razón del presente Contrato y sus Anexos, que garanticen la seguridad de los contenidos de EL CLIENTE. Se presumirá que no existen datos de carácter personal almacenados por EL CLIENTE en el espacio dedicado al servicio contratado.

 

VIGÉSIMA PRIMERA.- CONFIDENCIALIDAD.

 

  • 21.1 Ambas partes se comprometen a guardar la máxima reserva y secreto sobre la información y/o documentos que mutuamente se proporcionen como consecuencia de la ejecución del presente contrato, comprometiéndose a no divulgarlos, así como a no publicarlos ni, directa o indirectamente, ponerlos a disposición de terceros sin el previo consentimiento fehaciente de la otra parte.
  • 21.2 Ambas partes podrán transmitir los documentos y/o información proporcionados a su personal y colaboradores en la medida en que ello sea imprescindible para la ejecución del presente contrato. En tal caso, ambas partes informarán a su personal y colaboradores de las obligaciones de confidencialidad establecidas en el presente contrato, realizando a tal efecto cuantas advertencias y suscribiendo con su personal cuantos documentos sean necesarios al objeto de garantizar el cumplimiento de tales obligaciones. A este respecto, ENIGMA CONSULTOR declara expresamente tener suscritos con sus trabajadores y/o colaboradores los oportunos contratos de confidencialidad.
  • 21.3 Las obligaciones de confidencialidad establecidas en el presente contrato se mantendrán en vigor durante un plazo no mayor a 2 años con posterioridad a la finalización de la relación contractual entre las partes.
  • 21.4 El incumplimiento de las obligaciones de confidencialidad establecidas en el presente contrato facultará a la otra parte para reclamar la indemnización de cuantos daños y perjuicios se cause por razón de tal incumplimiento, así como la restitución de todos los gastos, incluidos, en su caso, aquellos que pudieran devengarse como consecuencia de la eventual interposición de acciones legales en defensa de sus derechos.
  • 21.5 Las obligaciones de confidencialidad establecidas en el presente contrato quedarán limitadas en aquellos casos en los que, por imperativo legal, la parte obligada sea requerida por un organismo jurisdiccional o administrativo para facilitar determinada información.

 

VIGÉSIMASEGUNDA.-RECONOCIMIENTOS.

 

EL CLIENTE concede su autorización con carácter indefinido e irrevocable para que ENIGMA CONSULTOR emplace en el sitio web implantado la denominación social de ENIGMA CONSULTOR o cualquier símbolo o signo identificativo de ENIGMA CONSULTOR, siempre y cuando no afecte a la imagen de EL CLIENTE y se realice en la parte inferior al tamaño mínimo legible. Asimismo EL CLIENTE concede su autorización para que ENIGMA CONSULTOR pueda identificar a EL CLIENTE en cualesquiera acciones promocionales relacionadas con ENIGMA CONSULTOR.

VIGÉSIMATERCERA.- CLÁUSULA DE SALVAGUARDA

 

  • 23.1 Cada una de las estipulaciones del presente acuerdo debe ser interpretada de forma separada e independientemente de las demás. Si cualquiera de ellas pasare a ser invalida, declarada ilegal o no ejecutable en virtud de alguna norma jurídica vigente por cualquier juzgado o autoridad administrativa, la nulidad o ineficacia de la misma no afectará las demás estipulaciones, que conservarán su plena validez y eficacia. Las partes contratantes acuerdan sustituir la cláusula o cláusulas afectadas por otra u otras que tengan los efectos correspondientes a los fines perseguidos por las partes en el presente contrato.
  • 23.2 El presente contrato recoge la totalidad de los pactos existentes entre las partes, y anula y revoca, en su caso, cuantos otros pactos o acuerdos, verbales o escritos, estuvieren vigentes a la fecha de su suscripción.

 

VIGÉSIMACUARTA.- SUBROGACION

 

Los derechos y obligaciones de EL CLIENTE no podrán ser subrogados por terceros sin el consentimiento por escrito de ENIGMA CONSULTOR, que se compromete a razonar las causas en caso de ausencia de aceptación.

VIGÉSIMAQUINTA.- MODIFICACIONES.

 

  • El presente contrato sólo podrá modificarse mediante acuerdo escrito de las partes aunque ENIGMA CONSULTOR podrá alterar los términos del presente Contrato dando aviso al CLIENTE con 15 días antelación, si pasado este plazo de tiempo el CLIENTE no manifiesta su conformidad o inconformidad sobre los cambios realizados por ENIGMA CONSULTOR quedará establecido la aceptación de dichos cambios por parte del CLIENTE.

 

VIGÉSIMASEXTA.- LEGISLACIÓN APLICABLE Y TRIBUNALES COMPETENTES.

 

  • 26.1 En lo no previsto en este contrato, así como en la interpretación y resolución de los conflictos que pudieran surgir entre las partes como consecuencia del mismo, será de aplicación la legislación española.
  • 26.2 Si llegara a surgir algún conflicto o diferencia entre las partes en la interpretación y ejecución de este contrato, y no se resolviera de mutuo acuerdo, el mismo será resuelto a instancia de cualquiera de las partes y tras la comunicación por escrito al otro, mediante arbitraje en el Colegio de Abogados de cdmx . El arbitraje se celebrará en cdmx y será conducido de acuerdo con las normas de la ley de arbitraje mexicana, de 5 de diciembre, y el reglamento del Colegio de Abogados. Cada parte asumirá sus propios gastos en relación con el arbitraje, aunque la indemnización y los gastos de los árbitros serán asumidos de la manera que establezca la decisión arbitral.
  • 26.3 Todo lo anterior se entenderá sin perjuicio de que las partes puedan someterse a un procedimiento judicial, en este caso se hará ante la jurisdicción y competencia de los juzgados y tribunales de Málaga, renunciando expresamente a su fuero propio en los casos que las normas procesales lo permitan, de ser otro.
  • 26.4 Si resulta razonablemente posible, el cumplimiento de este Contrato, continuará durante el curso de cualquier desacuerdo y/o procedimiento arbitral o judicial.

 

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